Cómo Solicitar el Certificado de Matrimonio en España

¿Estás en el camino de tomar una de las decisiones más importantes de tu vida? Si estás aquí, es muy probable que ya te hayas sumergido en el maravilloso mundo del «sí quiero». Puede que sea muy maravilloso para ti, o puede que lo sea para tus abogados en un futuro (esperemos que no). En todo caso, es interesante que sepas acerca del certificado de matrimonio y cómo solicitarlo. Si eso es lo que buscas, este artículo te será de utilidad.

     

El certificado de matrimonio es un documento esencial que certifica legalmente la unión entre dos personas. Ya sea para realizar trámites legales, cambiar el estado civil en documentos oficiales o simplemente por cuestiones personales, solicitar el certificado de matrimonio en España es un proceso que requiere ciertos pasos y comprensión del procedimiento. A continuación, te proporcionaremos una guía completa para obtener tu certificado de matrimonio en España.

1. Identificar la Jurisdicción Correspondiente:

En España, el registro civil es gestionado por el Ministerio de Justicia y cada municipio tiene su propio registro. Antes de solicitar el certificado, es crucial identificar en qué municipio se celebró el matrimonio. Puedes hacerlo consultando el Registro Civil del lugar donde se llevó a cabo la ceremonia.

2. Documentación Necesaria:

Antes de dirigirte al Registro Civil, asegúrate de tener la documentación necesaria. Por lo general, requerirás:

  • Formulario de solicitud oficial, disponible en el Registro Civil o en línea.
  • Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte de los cónyuges.
  • Datos completos del matrimonio: fecha, lugar y nombres de los contrayentes.

3. Presentación Presencial o Telemática:

La solicitud del certificado de matrimonio puede realizarse de forma presencial o telemática. Para la presentación presencial, deberás acudir al Registro Civil correspondiente y completar el formulario. En el caso de la solicitud telemática, tendrás que acceder a la página del Ministerio de Justicia, tal y como te indicaré en los siguientes pasos.

4. Costos y Tasas:

La obtención del certificado de matrimonio puede conllevar ciertos costos. Las tasas varían según la modalidad de solicitud y el tiempo de entrega. Infórmate sobre los precios vigentes en el Registro Civil al que te dirijas.

5. Plazos de Entrega:

Los plazos para obtener el certificado de matrimonio pueden variar. En general, las solicitudes presenciales suelen procesarse más rápido que las telemáticas. Asegúrate de preguntar sobre los tiempos de entrega al presentar tu solicitud.

6. Solicitud Telemática Paso a Paso:

Si decides realizar la solicitud de forma telemática, sigue estos pasos:

  • Accede a la página web del Ministerio de Justicia, que te dejo aquí para facilitártelo.
  • Busca la sección de «Certificado de matrimonio».
  • Completa el formulario digital con los datos requeridos.
  • Adjunta las copias digitalizadas de los documentos solicitados. Es preciso que dispongas de un Certificado Digital si quieres completar el proceso de manera telemática. Así, si aun no dispones de uno, aquí te dejo un artículo sobre Cómo solicitar el Certificado Digital.
  • Realiza el pago de las tasas, si es necesario.

7. Retiro del Certificado:

Una vez procesada la solicitud, podrás retirar el certificado en persona o recibirlo por correo postal, según tus preferencias. Si optas por la entrega presencial, es probable que te soliciten una identificación al recogerlo.

Como puedes apreciar, solicitar el certificado de matrimonio en España es un proceso relativamente sencillo, pero requiere atención a los detalles y cumplimiento de los requisitos específicos. Siguiendo este artículo, podrás obtener tu certificado de matrimonio de manera eficiente y cumplir con tus necesidades legales o personales.

Espero que este artículo te haya resultado de utilidad. Si después de haberlo leído se te plantea alguna cuestión no dudes en hacérmela saber. Intentaré responderte lo más rápido posible para salir ilesos de esta vorágine burocrática que nos somete en nuestro día a día.

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